Mes: noviembre 2020

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA y EXTRAORDINARIA DEL 11-07-2020.

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DEL 11-07-2020.

ORDEN DEL DÍA:1º.- Apertura de la Asamblea por parte del Sr. Presidente.

2º.- Elección de la Junta de Gobierno previa aprobación de la urgencia.

3º.- Aprobación, si procede, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio 2019.

4º.- Aprobación, si procede, de la Auditoría de Cuentas del ejercicio 2019.

5º.- Aprobación, si procede, de la adquisición de la condición de Entidad de Previsión Social Voluntaria Indiferenciada sin actividad aseguradora.

6º.- Decisiones a tomar en relación a la cuota del ejercicio 2021.

7º.- Acuerdos que procedan sobre la Comisión de Control Interno.

8º.- Exposición del resultado de la votación efectuada para elegir la Junta de Gobierno.

9º.- Ruegos y preguntas.

Comienza la Asamblea General Ordinaria a las 10:07 horas, en segunda convocatoria.

1º.- Apertura de la Asamblea por parte del Sr.Presidente.

El Sr. Presidente da lectura al discurso de bienvenida:

Egunon, muy buenos días.

Sed bienvenidos un año más a esta Asamblea General Ordinaria de la Mutualidad Funeraria San Pedro Apóstol de Basauri. Antes de comenzar, y en primer lugar, queremos expresar un entrañable recuerdo para los 332 mutualistas fallecidos en el pasado año 2019, y en especial a nuestro tesorero en activo Sisinio Ortega y al vocal de la Junta de Gobierno Alfredo Angulo. Siempre es lamentable el fallecimiento de las personas pero cuando son tan cercanas, como colaboradores o amigos, son mucho más sentidas. Descansen en paz y nuestro más sentido pésame para sus familiares y amigos.

Este año viene cargado de novedades, dos de las cuales son muy importantes, y como os podréis imaginar, una es el famosos virus que este año nos ha dado 65 fallecimientos más que el año pasado, lo que produce un gasto importante aunque lo cubriremos bien debido al superávit del año anterior. Esto nos recuerda la importancia de la publicidad y la necesidad de aumentar las altas, que además de frenar la reducción de la población mutualista, nos produce una entrada extra de fondos, como han sido este año los 99.600 € de cuotas de entrada por edad y por cuota anual de las altas.

La otra novedad, no menor en importancia, es el cambio de normativa del Gobierno Vasco, que tras varias peticiones de reunión, y tras producirse esta, sacaron una Orden permitiendo cambiar nuestra identidad a Mutualidad Indiferenciada sin actividad aseguradora. Además nos han permitido acogernos a dicha Orden, a pesar de ser publicada en enero,sin tener que esperar al año que viene. Tema este que trataremos en su punto correspondiente del orden del día debido a los cambios que supone de estatutos y de burocracia. Esta adaptación a la nueva normativa nos da más flexibilidad y hace que las provisiones técnicas se adapten más a la idiosincrasia de las Mutualidades.

En otro orden de cosas trataremos también el tema de la disolución de la Comisión de Control Financiero que el año pasado quedó cerrado en falso.

Antes de pasar al orden del día, me vais a permitir recordaros lo que ya comenté por carta, la necesidad de cubrir los puestos en la Junta de Gobierno. La Mutua funciona, y funciona bien, porque hay personas detrás en la Junta de Gobierno, dirigiendo y tomando decisiones y, por supuesto, las trabajadoras que realizan su trabajo, y lo realizan con efectividad y profesionalidad.

Por lo tanto es necesario que esta Junta de Gobierno se complete y tengamos los diferentes cargos cubiertos si deseamos que esto siga igual y no vaya cayendo por falta de dirección.

Este año han dimitido varias personas, otras han fallecido y la tecnología avanza, haciendo que cada vez sea más necesario el uso de las nuevas tecnologías e internet. Por lo tanto, espero que se complete la Junta de Gobierno para que todo siga funcionando bien.

Me imagino que me habré dejado muchas novedades en el tintero, pero es difícil resumir un año de cosas en un folio. Por lo que vamos a pasar al siguiente punto del orden del día con la votación de la Junta de Gobierno.

Nota: En caso de no cubrirse los cargos con las solicitudes presentadas se pedirá en la Asamblea voluntarios para completarla.

Basauri, 11 de julio de 2020.

2º.- Elección de la Junta de Gobierno previa aprobación de la urgencia.

El Sr. Presidente expone que es necesario elegir Junta de Gobierno debido a que han fallecido dos miembros de la misma y además otros han dimitido. Aunque todavía quedara un año de mandato, hasta el 2021, es un tema preciso de abordar en este momento por todas las vacantes existentes.

No hay ningún voto en contra del adelanto de la elección de Junta de Gobierno, por lo que queda aprobado por unanimidad.

Continua explicando el Sr. Presidente que a la entrada se les ha dado una hoja para votar, si hubiera habido más personas de las 13 necesarias para formar la Junta de Gobierno. Pero solamente se han presentado nueve personas. Ahora todas las tramitaciones con el Gobierno Vasco son telemáticas, es decir, vía internet y con firma digital. Para poder cubrir las ausencias temporales por vacaciones de algunos miembros de la Junta es preciso que todas las personas que entren a dicha Junta controlen un poco las tecnologías de la información y dispongan de certificado de firma digital.

Para poder completar la Junta de Gobierno y, aunque no esté contemplado en los Estatutos, pide a los presentes que, si alguien quiere, puede presentarse.

En ese momento interviene el Sr. Iraola para manifestar que él pertenecía a la Junta y pregunta si ha sido cesado ya que no ve su nombre en la hoja que ha sido entregada a la entrada. El Sr. Presidente le explica que, cuando se apuntó hace cuatro años, rellenó una hoja, cosa que han hecho todas las personas que ahora están en esa lista. Todos los que quisieran continuar en la Junta deberían rellenar la solicitud que se ha enviado a los domicilios, tema que además se ha tratado en reunión de Junta y debería conocerse. Se le podía haber comentado pero, como anteriormente expuso que quería dimitir en diciembre, todos habían entendido que no quería continuar. El Sr. Iraola insiste en que él no ha dimitido y que no ha recibido la carta porque ha estado fuera, por lo que pregunta si puede seguir en la Junta. El Sr. Presidente le responde que acaba de hacer una petición, para que las personas que quieran, puedan presentarse a la Junta porque no está completa. Entonces el Sr. Iraola manifiesta que sí quiere continuar.

A continuación, el Sr. Presidente pregunta si hay alguna objeción al tema. Al no haberla, expone que la Junta de Gobierno queda constituida por diez personas, que son las siguientes:

Presidente: Don Alejandro Cerdeño Crespo.

Vicepresidente: Don José Antonio Fernández Fernández.

Secretario: Don Alejandro Val Funcia.

Vicesecretario: Don Manuel Guardado Cabanillas.

Tesorero: Don José Antonio Rodríguez Miguel.

Vocales: Doña María Begoña Aguilar Rando.

Doña María Laura Araco Martínez.

Don Gerardo Iraola Vallejo.

Doña María Carmen Merino Valverde.

Don Manuel Ruiz García.

3º.- Aprobación, si procede, de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio 2019.

El Sr. Presidente informa que, debido a que ha fallecido el Sr. Tesorero, será la administrativa Olga la que leerá la documentación. No obstante, a la entrada se les ha entregado información relativa a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias.

La administrativa saluda a los presentes y explica que la documentación contable que han recibido es la oficial que se presenta a Gobierno Vasco y que a su vez, es la que los auditores supervisan y controlan. Para no leerles esas hojas exactamente como están, sino de una forma un poco más coloquial y entendible, se ha preparado un resumen con conceptos más claros que los oficiales, pero siendo los números los mismos.

En primer lugar, detalla los ingresos del año 2019, que han sido los siguientes: 1) El total de cuotas por todos los conceptos, 1.222.230,78 €. 2) La franquicia correspondiente al 25% del coste total del traslado voluntario, 4.899,51 €. 3) Los ingresos por arrendamiento, 19.738,98€. 4) Los ingresos financieros, 225,28 €. 5) Los ingresos varios, 3.905,77 €. El total de ingresos del ejercicio 2019 ha ascendido a 1.251.000,32 €.

Respecto a los gastos, también han sido agrupados por conceptos: 1) Los gastos por defunciones han sido lógicamente los más elevados, ascendiendo a 673.720,26 €. 2) Los gastos relativos al local, a la sede social de la Mutualidad, 4.204,04 €. 3) Los gastos de oficina, 17.102,47 €. 4) Los gastos de personal, 116.360,95 €. 5) Los gastos financieros, 3.726,76 €. 6) Las pérdidas por los recibos incobrables del año, 3.782,50 €. 7) Los gastos por la prestación de servicios profesionales, 36.046,92 €. 8) Los gastos derivados de las inversiones inmobiliarias, 5.906,73 €. 9) Las amortizaciones, 15.451,94 €. 10) Otros gastos, 3.684,36 €. 11) Dotación a la provisión para litigio judicial, 12.391,00 €. 12) La dotación a la provisión técnica para decesos, 119.471,14 €.

Hasta ahí el total de gastos del ejercicio 2019 asciende a 1.011.849,07 €. Por tanto, el resultado del ejercicio sería de 239.151,25 €. Pero la Orden de 26 de diciembre de 2019 establece que las entidades deberán efectuar una provisión adicional equivalente al excedente anual que se produzca entre ingresos y gastos, siendo dicha provisión recuperable en caso de futuros ejercicios con resultados negativos. Al acogerse la Mutua a esa Orden, los 239.151,25 € se han destinado a dotar esa provisión adicional, imputándose dicha cantidad como gasto, de forma que el total de los ingresos y gastos del año 2019 ha sido el mismo, 1.251.000,32 € y, por tanto, el resultado 0,00 €.

Terminada la exposición de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, el Sr. Presidente pregunta si hay alguna pregunta al respecto. Entonces toma la palabra un mutualista para preguntar si puede pasar por la oficina a pedir una copia de la documentación que se acaba de leer ya que está más resumida que la que le han entregado. El Sr. Presidente le responde afirmativamente añadiendo que cualquier mutualista puede pasarse por la Mutua cuando desee a solicitar información de cualquier punto del orden del día de la Asamblea.

Interviene de nuevo la administrativa para matizar que ha leído la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del 2019 pero que a la entrada también se les ha hecho entrega del Balance de Situación.

No habiendo más preguntas ni comentarios se pasa a someter a votación la Cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio 2019, quedando aprobada por unanimidad al ser 0 tanto los votos en contra como las abstenciones.

4º.- Aprobación, si procede, de la Auditoría de Cuentas del ejercicio 2019.

El Sr. Presidente comienza el punto comentando las dos salvedades que contiene el informe de auditoría. La primera hace referencia a que antes no se presentaba el Impuesto sobre Sociedades, hasta que al empezar a hacer las auditorías se recibió la indicación de que sí era obligatorio. La liquidación de dicho impuesto se presentó por primera vez en 2017, correspondiente al ejercicio 2016, hecho éste que los auditores incluirán por obligación en el informe durante unos años por si hubiera pasivos de naturaleza fiscal no susceptibles de cuantificación objetiva en la actualidad, aunque realmente no los hay.

La otra salvedad está relacionada con la Orden de 26 de diciembre de 2019 relativa a las E.P.S.V.s Indiferenciadas, que no fue publicada y no entró en vigor hasta enero. El Gobierno Vasco dio a las Mutuas la opción de acogerse a dicha Orden sin tener que esperar un año, siempre que hubiera voluntad de la Junta de Gobierno, expresada en un acta, diciendo que la entidad quería acogerse a la mencionada Orden. Se han modificado así las provisiones técnicas y se ha mejorado toda la burocracia telemática con Gobierno Vasco, como la D.E.C. Pero los auditores obligatoriamente deben indicar en su informe de opinión que la Mutua no debería haberse acogido a la Orden hasta el año próximo.

Son las dos únicas salvedades que figuran. El resto, la contabilidad, está correcta y se ajusta a todo lo estipulado al respecto.

Se abre el turno de preguntas. Un mutualista interviene para preguntar si la auditoría la realiza una empresa independiente. El Sr. Presidente le contesta que se entiende que sí, que están en muchas provincias del Estado, pero que sinceramente no han investigado nada sobre sus familiares, relaciones, etc. De hecho, cuando surgió la obligación de hacer auditorías, se pidió presupuesto a varias empresas pero ésta fue la única que aceptó realizar el trabajo. Han demostrado hasta la fecha ser unos muy buenos auditores. En varias ocasiones se han reunido con Gobierno Vasco para aclarar discrepancias relativas a las leyes. Y aunque llevan todo a rajatabla, como debe ser, siempre han guiado a la Mutua, ayudando y dando ideas para mejorar y para hacer bien las cosas.

No hay más comentarios, por lo que se pasa a votar. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. Queda por tanto aprobada por unanimidad la Auditoría de Cuentas del ejercicio 2019.

5º.- Aprobación, si procede, de la adquisición de la condición de Entidad de Previsión Social Voluntaria Indiferenciada sin actividad aseguradora.

El Sr. Presidente explica el origen de las Mutuas y cómo han ido evolucionando. Las leyes que les han ido afectando son las de cualquier compañía de seguros, a pesar de ser un órgano solidario. En la propia Ley de E.P.S.V.s había un apartado que decía que las Mutuas, Cofradías, etc. deberían tener una propia ley diferenciada al no ser compañías de seguros ni tener nada que ver con las mismas ni con los fondos de pensiones.

Se han agrupado 21 Mutuas y se han reunido varias veces, solicitando una reunión con el Consejero de Hacienda del Gobierno Vasco para tratar el tema. A raíz de todas esas reuniones se consiguió que el Gobierno Vasco sacara una Orden para que las Mutuas salieran de la Ley española de Seguros y Reaseguros y estuvieran solo integradas en dicha Orden que amplía la Ley de E.P.S.V.s.

Para poder acogerse a la mencionada Orden, que salió el 26 de diciembre de 2019, hay una serie de acuerdos que debe adoptar la Asamblea General:

1. Que la Entidad adquiera la condición de Entidad sin actividad aseguradora.

2. Que se modifiquen los Estatutos en los siguientes términos:

a) En la denominación de la Entidad debe añadirse que es una E.P.S.V. Indiferenciada sin actividad aseguradora. Esto implica unas provisiones técnicas cada vez menores. Y también que en caso de pandemia debería hacerse una cuota-derrama, es decir, ir adaptando las cuotas en función de las necesidades.

b) Que la Entidad no realiza una actividad aseguradora ni de garantía a las prestaciones, atendiendo a la cobertura de las contingencias siempre y cuando existan recursos suficientes.

c) Que la Entidad tiene carácter mutualista, con régimen estatutario y su relación con los socios no es contractual (no hay pólizas).

d) Que la Junta de Gobierno tiene facultad de proponer a la Asamblea la reducción de las prestaciones o el aumento de las aportaciones de los socios en el caso de fondos insuficientes.

e) Que no se pueden repartir excedentes, salvo en el caso de liquidación y disolución.

f) La Entidad debe tener un fondo mutual de 50.000,00 €.

g) Si la Entidad no está obligada a someter sus cuentas anuales a auditoría, debe contar con una Comisión de Control Financiero. Mufusap, por tanto, no precisa tener este órgano al tener uno externo más potente e independiente.

El Sr. Presidente resume que todas esas indicaciones marcan la dinámica de lo que realmente se ha venido haciendo siempre. Menciona también que hay unos documentos que se deberán presentar para la aprobación e inscripción de la modificación estatutaria en el Registro de E.P.S.V. de Euskadi. En su día la Junta de Gobierno ya analizó el tema en profundidad y aprobó la adquisición de la condición de E.P.S.V. Indiferenciada sin actividad aseguradora. Por lo que ahora procede someter a votación la adhesión a la Orden de 26 de diciembre de 2019 y la adquisición de la mencionada condición de Entidad Indiferenciada sin actividad aseguradora. Los votos en contra son 0 y las abstenciones también, quedando aprobada por unanimidad la adquisición de la condición de E.P.S.V. Indiferenciada sin actividad aseguradora (con 44 votos a favor).

6º.- Decisiones a tomar en relación a la cuota del ejercicio 2021.

El Sr. Presidente expone que el estudio actuarial obligaba a tener unas provisiones técnicas y para ello se estableció un plan de reequilibrio debido a que las cuotas eran bajas. Se hizo un primer plan de reequilibrio y luego otro que abarca hasta el año 2024 y en el que la cuota del año 2021 está fijada en 51,43 €. Pero, viendo el buen resultado del ejercicio 2019 y los 239.151,25 € que se han destinado a otra provisión adicional, la petición es que la Asamblea de un voto de confianza a la Junta de Gobierno para que en el caso de que se termine el año 2020 con un superávit similar, no subir la cuota del 2021 lo que estaba previsto sino un importe menor. Además el ir aumentando cada vez más la cuota posibilita que se tengan cada vez menos altas.

Las cuotas se aprobaron en su día en Asamblea y ésta debe por tanto dar el voto de confianza a la Junta.

Todo dependerá de cómo vaya terminando este complicado año. Si todo va bien, en diciembre se retomará el tema y se decidirá la cuota para el año próximo.

Seguidamente se pasa a votar. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. Queda aprobada por unanimidad la reducción de la cuota fijada para el ejercicio 2021 si la Junta de Gobierno lo ve necesario en función de los resultados.

7º.- Acuerdos que procedan sobre la Comisión de Control Interno.

El Sr. Presidente empieza explicando que el año anterior se presentó en la Asamblea un informe exhaustivo pero no se pudo disolver la Comisión de Control Interno por un defecto de forma al no estar contemplado en el orden del día.

Se ha elaborado un nuevo informe, aprobado en reunión de Junta de Gobierno de fecha 04-03-2020 y que lee íntegramente:

Informe de la Junta de Gobierno para la Asamblea General Ordinaria para la disolución de la Comisión de Control Interno, C.C.I.

En la Asamblea General Ordinaria del 2018, por indicación del Gobierno Vasco, se constituyó oficialmente la Comisión de Control Interno tras una votación donde resultaron elegidos tres candidatos de cuatro presentados.

Un tiempo más tarde se les convocó por parte del Sr. Presidente a una reunión para suministrarles las leyes que afectaban a la Mutua, los Estatutos e indicarles cómo se debería realizar el informe de la Comisión del 2018 para presentar a la Asamblea. Asimismo se les dijo que se constituyeran, nombraran un presidente, secretario y que en el ordenador había una cuenta de acceso con usuario y contraseña para que vieran toda la información que desearan, pero que de todas formas, al finalizar cada trimestre se les adjuntaría la documentación correspondiente, que es el informe de gestión trimestral y el acta de la reunión de Junta de Gobierno con los temas tratados y/o aprobados para su fiscalización de si esos acuerdos cumplen los Estatutos y la ley.

Tras esta reunión solicitaron una serie de documentos impresos del 2015, 16, y 17 que se les suministró.

Posteriormente, y tras una serie de intercambios de documentos y requerimientos por parte de la Junta, se celebró la Asamblea General Ordinaria donde se tenía que haber presentado el informe de la Comisión de Control, el cual no se pudo presentar por no existir tal informe.

Dos integrantes de la citada Comisión alegaron en la susodicha Asamblea que no tenían que

entregar nada a la Junta de Gobierno y que su informe lo harían verbal. Por lo que se realizó una serie de argumentarios sobre las devaluaciones de las inversiones y sobre las provisiones técnicas totalmente distorsionados como se explicó por parte del Presidente en la misma Asamblea.

Por parte del Sr. Presidente se leyó una resolución aprobada en la Junta de Gobierno sobre el nulo funcionamiento de la Comisión de Control. Hecho éste también corroborado por el tercer miembro de la misma.

En este escrito se hacía un somero y detallado desarrollo del nulo funcionamiento comunicándoles que el informe verbal era nulo y que tenían que haber realizado uno escrito. Como explicita claramente el Reglamento de E.P.S.V.s. DECRETO 203/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria, en su artículo 72. 3, a) dice: Se reunirán, por lo menos, una vez al año para comprobar la situación financiera y patrimonial de la entidad, redactando un informe escrito al objeto de su presentación a la Asamblea.

Asimismo se informaba de los incumplimientos estatutarios realizados.

Tras un intenso debate se quedó el tema encima de la mesa hasta la próxima Asamblea y ver si la Comisión formada por dos miembros -debido a que el otro dimitió y el cuarto que se presentó denegó la entrada en la misma- corregía el rumbo y empezaba a realizar su trabajo.

Posteriormente, ante las dudas planteadas por un miembro de la Junta de Gobierno y los errores de los miembros de la Comisión, se convocó una reunión con los auditores y la Junta de Gobierno, donde se emplazó a los citados miembros de la Comisión a que asistieran a la misma, y dilucidar esas dudas y manifestaciones expresadas en la pasada Asamblea.

A la reunión solo acudieron la Junta de Gobierno y los auditores, no presentándose la C.C.I. a pesar de haber sido convocados en plazo y forma.

El 15 de abril de 2019 se presenta por parte de la C.C.I. otro escrito solicitando nuevamente documentación impresa, al cual se le contesta por parte de la Junta de Gobierno con otro de fecha 26 de abril informando, como en escritos anteriores, dónde está la documentación de la Mutua y que tienen acceso con usuario y contraseña para ver e imprimir lo que deseen. Asimismo se les notificaba de la apertura de un expediente informativo sobre su actuación en la Asamblea al no aportar un informe para la misma y entregar documentos erróneos a algunos mutualistas.

En respuesta a este nuevo documento de la Junta de Gobierno contestan con otro reafirmándose en sus criterios de actuación e incluyendo sospechas sobre la Junta de Gobierno de que se quiere ocultar algo, cuando es totalmente falso, puesto que se les aportó por parte de Olga la documentación de 2015, 2016 y 2017, aun no siendo necesaria para realizar el informe del 2018. Asimismo se les informó del usuario y contraseña para ver lo que desearan en el ordenador.

Ante esta situación se convocó una comisión informativa de la Junta de Gobierno, la que hizo una propuesta a la propia Junta de presentar en Asamblea la disolución de la Comisión de Control Financiero, que por otra parte no estaba constituida, y no constituir ninguna otra por ser un tema opcional no necesario, al realizar auditorías externas más el control de Gobierno Vasco.

La Junta de Gobierno en reunión ordinaria de fecha 24 de julio de 2019 aprueba el presentar a la Asamblea General de 2020 la disolución de la no constituida Comisión de Control Financiero y la no formación de otra debido a que la Mutua está exenta por la susodicha Ley 5/2012, que en su artículo 72, apartado 1º, especifica:

Para las entidades que se sometan a auditoría de cuentas, estén o no obligadas legalmente a ello, la Comisión de control financiero será órgano social de carácter facultativo”.

Ante las nuevas peticiones de información de algunos miembros de la Comisión, se les notificó por escrito esta resolución de que se pedirá su cese y que toda la información que se les dará será como mutualistas, estando dicha información a su alcance en la oficina para recogerla.

CONCLUSIONES:

Ante las situaciones expuestas en la Asamblea 2019 que constan en el acta de la misma. Ante la nula colaboración y deseo de reconducir la situación por parte de estos miembros de la Comisión Financiera.

La Junta de Gobierno propone la disolución de esta Comisión de Control y el no nombramiento de ninguna otra debido a que no es obligatorio y solo ha creado problemas y mala imagen de la Mutua por los comentarios de estas personas.

Terminada la lectura del informe, el Sr. Presidente informa que en la anterior Asamblea esa Comisión entregó a los asistentes una documentación no cierta, que no fue dada a la Junta de Gobierno. Dieron una información errónea sobre las inversiones afirmando que la Mutua había perdido dinero cuando realmente lo que había hecho era registrar contablemente los cambios de valor a 31 de diciembre, no habiendo registrado pérdidas al no haberse reembolsado. También dijeron otra falsedad sobre las provisiones técnicas, afirmando que había unas grandes pérdidas. Lo que deberían haber dicho es que las provisiones técnicas deben dotarse todos los años, aunque ha habido algunos en los que con el saldo positivo del ejercicio no se llegaban a cubrir. Cada año se hace un cálculo nuevo.

En definitiva, lo que han hecho ha sido dar una mala imagen de la Mutua en la calle. Además aunque hubiera sido una Comisión independiente de la Junta de Gobierno, lo lógico es que se hubieran reunido con la misma para plantear sus dudas y que hubieran acudido a la reunión con los auditores en vez de afirmar que pertenecen al Gobierno Vasco. Motivos todos suficientes para la disolución, habiéndose llegado incluso a plantear el abrirles un expediente disciplinario pero se valoró finalmente que no merecía la pena.

Interviene un mutualista para preguntar si está presente alguno de los miembros de esa Comisión. El Sr. Presidente le responde que no han venido y se pasa a votar la disolución de la Comisión de Control Financiero. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. Queda aprobada dicha disolución por unanimidad.

8º.- Exposición del resultado de la votación efectuada para elegir la Junta de Gobierno.

El Sr. Presidente explica que no ha sido preciso realizar votación al no haber más miembros de los necesarios, por lo que decae el punto 8º.

9º.- Ruegos y preguntas.

Antes de empezar con el punto, el Sr. Presidente informa que hay un contencioso con la Comunidad de Propietarios debido a problemas serios de humedades y moho en la oficina desde hace 12-14 años. Se ha pintado y se ha reclamado varias veces al seguro y a la Comunidad, mandando esta última arreglar la terraza que está encima de la oficina. Pero antes de eso, llegaron incluso a caerse trozos de hormigón, por lo que la Mutua revisó todo el techo y encargó un informe pericial. A pesar de haberse arreglado la terraza, se continúa a día de hoy con importantes goteras y se acaban de caer varias placas. Por todo ello se ha contratado un abogado, para reclamar a la Comunidad de Propietarios. Ese abogado ha recomendado que se someta a votación de la Asamblea la aprobación de la reclamación a la Comunidad por las humedades y por los más de 15.000,00 € de gastos que ha tenido la Mutua. Eso sí, si la Comunidad pierde, la Mutua también se verá obligada a pagar su parte como miembro de la misma, es decir, pagar sus propios daños.

Se pasa a votar si la Asamblea decide presentar la demanda judicial a la Comunidad de Vecinos para que paguen los daños y reparen lo que está mal hecho. Los votos en contra son 0 y las abstenciones también. Por tanto, queda aprobado por unanimidad presentar dicha demanda a la Comunidad.

Se abre el turno de ruegos y preguntas pero al no haber ninguna intervención, se da por concluida la Asamblea General Ordinaria a las 11:10 horas.

Fdo.: El Secretario Fdo.: El Presidente

Alejandro Val Funcia Alejandro Cerdeño Crespo

Fdo.: Mutualista Fdo.: Mutualista

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ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DEL 11-07-2020.

Concluida la Asamblea General Ordinaria, da comienzo a las 11:10 horas la Asamblea General Extraordinaria con el siguiente orden del día:

1º.- Modificación de los Estatutos de la Mutualidad si se aprueba la adquisición de la condición de Entidad de Previsión Social Voluntaria Indiferenciada sin actividad aseguradora.

El Sr. Presidente comenta que a la entrada se les ha entregado la modificación de los Estatutos que obliga realizar la Orden de 26 de diciembre de 2019.

Artículo 1º:

El Sr. Presidente explica que se trata de añadir en la denominación “Indiferenciada sin actividad aseguradora” así como indicar la Orden en la que está basada esa modificación.

Por lo tanto el artículo 1º quedaría redactado de la siguiente manera:

El 12 de marzo de 1985 se constituyó con la denominación de “MUTUALIDAD FUNERARIA SAN PEDRO APÓSTOL DE BASAURI, ENTIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL VOLUNTARIA INDIFERENCIADA SIN ACTIVIDAD ASEGURADORA”, cuyo domicilio social a los efectos previstos en la normativa aplicable será, Plaza Arizgoiti, nº 7 de BASAURI, con duración indefinida, la cual se rige por los presentes Estatutos y los acuerdos adoptados por el Órgano Soberano y funciona al amparo y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades  de Previsión Social Voluntaria y su Reglamento de aplicación, Decreto 203/2015, de 27 de octubre (B.O.P.V. de 6 de marzo de 2012 y 9 de diciembre de 2015 respectivamente). Asimismo con la Orden de 26 de diciembre de 2019.

Se somete a votación y, no habiendo votos en contra ni abstenciones, es aprobado por unanimidad.

Artículo 3º:

En este artículo se trataría, siguiendo las indicaciones de Gobierno Vasco, de añadir un apartado A), de forma que la propuesta es que el artículo 3º figure ahora redactado así:

Esta Mutualidad tendrá por objeto la práctica de la previsión en cuanto al auxilio a la defunción -gastos y servicios consecuentes al sepelio-para que con la mayor divulgación y propagación,sea cojan ala ayuda,socorro,etc.sus asociados en mayor número posible.

A) Esta Entidad no realiza una actividad aseguradora ni de garantía de las prestaciones, atendiendo a la cobertura de las contingencias siempre y cuando existan recursos suficientes en la Mutualidad.

La Entidad tiene carácter mutualista, su régimen es estatutario y su relación con las personas asociadas no es contractual.

Se pasa a votar. Los votos en contra son 0 y las abstenciones también, por lo que queda aprobado por unanimidad.

Artículo 6º:

El Sr. Presidente informa que se quitaría que las cuotas se pueden abonar al contado y se pondría que se “satisfarán a través de banco obligatoriamente y como máximo fraccionadas en doce mensualidades consecutivas”. Es algo que viene en la Orden pero que ya había venido comentando el Gobierno Vasco.

Interviene un mutualista para preguntar si poner la palabra banco tiene alguna connotación o puede haber algún problema porque al mencionarse así implique que no pueda hacerse a través de una caja de ahorros. El Sr. Presidente le responde que no hay ningún problema, que se habla de forma genérica, banco o caja de ahorros.

Una mutualista toma la palabra para opinar que sería mejor sustituir la palabra banco por entidad bancaria, para que quedara más claro. El Sr. Presidente contesta que se ha copiado tal cual venía en la nota de Gobierno Vasco pero que sin duda de esa forma quedaría mejor redactado.

La propuesta es que el artículo 6º quede así:

Aquellos que se asocien a la Mutualidad tendrán todos los beneficios desde el momento de satisfacer la cuota de alta y la primera cuota anual.

Las personas de veinte años cumplidos o más deberán pagar además una cuota de entrada cuyo importe será equivalente a las distintas anualidades actualizadas según acuerdo de Junta de Gobierno.

La cuota de entrada podrá ser aumentada o renovada previo análisis del impacto de las anualidades en las nuevas cuotas de altas o proporcionalmente al índice de carestía o prestaciones.

Las cuotas se satisfarán a través de entidad bancaria obligatoriamente y como máximo fraccionadas en doce mensualidades consecutivas. En el caso de los acogidos a la cuota fraccionada, de fallecer antes de satisfa­cer la cuota de entrada correspondiente, sus familiares o herederos, quedan obligados a abonar a la Mutualidad la cantidad pendiente inmediatamente antes de realizar el servicio o como mucho 30 días más tarde en caso de ser fuera de la CAV.

Se somete a votación y es aprobado por unanimidad.

Artículo 13º:

En este artículo, que habla de los deberes de los socios, se ha considerado que los socios no solo deben acatar y cumplir el contenido de los Estatutos sino también conocerlo.

También se ha añadido que es obligatorio satisfacer las cuotas por domiciliación bancaria.

Por lo tanto el artículo 13º quedaría redactado de la siguiente manera:

Los deberes del os socios serán los s guientes:

1.º Conocer, acatar y cumplir el contenido de estos Estatutos.

2.ºSatisfacer sus cuotas y/o derramas entre el1yel30 de enero de cada año anticipadamente y por domiciliación bancaria obligatoriamente.

3.ºTodo soci@ en el que hubiere algún cambio en sus datos personales (teléfono, n ºde cuenta,

domicilio,etc.),deberá notificar lo obligatoriamente para la actualización de su ficha.

4.ºAcudirá las Asambleas.

5.º Formar parte de la Junta de Gobierno en los términos que se establezcan.

Se somete a votación. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. Queda aprobado por unanimidad.

Artículo 15º:

Se ha añadido que no solo se presentará a la Asamblea General, para su aprobación o reprobación, el balance económico sino también el informe de la auditoría externa.

La propuesta es que el artículo quede así:

Cada año, hechos el balance económico y el informe de la auditoría externa, se presentarán a la Asamblea General para la aprobación o reprobación de los mismos.

Se somete a votación y, al no haber ningún voto en contra, queda aprobado por unanimidad.

Artículo 16º:

El Sr. Presidente explica que en este artículo se contemplaría que, en el caso de no haber recursos necesarios durante el año, se podría aprobar la reducción de prestaciones o bien establecer una cuota-derrama extraordinaria. Es algo que siempre se ha venido haciendo así, aunque no figurara en los Estatutos.

También se ha añadido que la cuota del año podrá también satisfacerse en varias cuotas mensuales, trimestrales o semestrales. Puede que en el futuro se apruebe que las personas con problemas económicos puedan pagar en plazos. Se aprobaría en Asamblea pero habría ya cobertura legal en los Estatutos.

La propuesta es que el artículo 16º figure redactado de la siguiente manera:

El importe de la cuota‑derrama que deberá satisfacer cadas ocio será única ya cordada por la Asamblea General Ordinaria, a propuesta de laJunta de Gobierno.Y siempre y cuando lo estimen con veniente los socios mediante Asamblea constituida al efecto,podrá se rrenovada. Asimismo en el caso de no haber recursos necesarios durante el año se podrá aprobar la reducción de prestaciones o establecer cuota derrama extraordinaria.

El pago de la cuota‑derrama tendrá una única modalidad: Entidad Bancaria y será satisfecha en periodo anual. Los cargos en Cuentas Bancarias se efectuarán del 1 al 30 de Enero de cada año o en varias cuotas mensuales, trimestrales o semestrales.

Se pasa a votar, siendo 0 tanto los votos en contra como las abstenciones. Queda por tanto aprobado por unanimidad.

Artículo 20º:

En este artículo se ha sustituido “el 25% del Fondo Mutual aprobado” por “un máximo del 35% de las provisiones técnicas constituidas aprobadas en la última Asamblea” ya que ese fondo no se refiere a la totalidad de lo que dispone la Mutua sino a los 50.000,00 €. De forma que quedaría reflejado así:

En caso de guerra, revolución, siniestro público, epidemia u otro caso de fuerza mayor o causa extraordinaria, la Mutualidad asumirá las obligaciones derivadas de los presentes Estatutos hasta el máximo de los ingresos totales de una anualidad más un máximo del 35% de las

provisiones técnicas constituidas aprobadas en la última Asamblea Ordinaria, prorrateados entre el número de defunciones.

Se somete a aprobación y es aprobado por unanimidad.

Artículo 53º:

El Sr. Presidente expone que solo se podrán repartir los excedentes en los supuestos de liquidación y disolución de la Mutualidad.

La propuesta es que el artículo figure así redactado:

En caso de disolución del la Mutualidad se cumplirán todos los trámites previstos en el Decreto 203/2015, de 27 de octubre y se procederá a la vez al cumplimiento de todas las obligaciones pendientes y a la seguramiento de todas las obligaciones que no sea reali­zables en el acto.

Solo se podrán repartir los excedentes en los supuestos de liquidación y disolución de la Entidad.

Se pasa a efectuar la votación. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. Queda aprobado por unanimidad.

Reglamento de la Mutualidad.

1.- Elección de la Junta de Gobierno:

Como ya ha comentado anteriormente, el Sr. Presidente explica que debido a los requerimientos de las últimas leyes, es necesario hacer los trámites de forma telemática y que los miembros de la Junta tengan certificado digital para firma electrónica. Deben tenerlo todos, incluso los vocales, ya que en los Estatutos se establece que pueden cubrir los cargos que queden vacantes.

El punto 1º del Reglamento quedaría redactado de la siguiente forma:

En ejecución del artículo 48, apartado 3.b) de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, la Junta de Gobierno será elegida por la Asamblea por un periodo de 4 años.


Para ser elegido miembro de la Junta de Gobierno  el socio que lo deseara deberá hacerlo constar al menos tres días antes en las oficinas de la entidad.
         

Se podrán presentar para cargo determinado. La Asamblea votará de los presentados, haciendo cruces en cada uno de los puestos a votar, con un máximo de 9 de cara a las minorías.

Las personas que se presenten a la Junta de Gobierno se comprometen a tener certificado digital para firma electrónica u obtenerlo en un plazo máximo de un mes después de ser elegidas.
          

Serán elegidos los socios con mayor número de votos de cada cargo.
            Presidente
            Vicepresidente
            Tesorero
            Secretario
            Vocal 1º o Vicesecretario
Más 8 Vocales
           

El recuento se realizará en la propia Asamblea exponiendo el resultado al final y siendo aprobada por la misma.

Se somete a votación y es aprobado por unanimidad.

A continuación, el Sr. Presidente expone que se está dando una indemnización por fallecimiento de 100,00 €. La misa funeral supone 70,00 €, que son abonados por la Mutua a la Parroquia en nombre de la familia y que son descontados de la indemnización. Por lo que la gran mayoría de los cheques que se hacen todos los meses son por un importe de 30,00 €.

Lo que se pide es que la Asamblea de un voto de confianza a la Junta de Gobierno para que establezca los Socorros Complementarios en función de las disponibilidades económicas o, como en este caso, en función de la disposición operativa.

Por lo tanto, los Socorros Complementarios figurarían así:

  1. Los socorros complementarios serán establecidos por la Junta de Gobierno en función de las disponibilidades económicas.

Un mutualista pregunta por qué no se suprimen esos socorros complementarios y solo se paga a los curas. El Sr. Presidente le explica que la misa no la paga la Mutua, la pagan los socios. Lo más fácil y operativo es mantener los 70,00 € de socorros complementarios, de forma que el que no quiera celebrar misa funeral percibiría un cheque por ese importe. Es un tema operativo no económico.

Se pasa a votar. Votos en contra, 0. Abstenciones, 0. Queda por tanto aprobado por unanimidad.

Concluida la modificación estatutaria, el Sr. Presidente dice que no hay más asuntos que tratar y menciona el gasto extraordinario que ha supuesto el envío de las dos convocatorias de Asamblea, debido a que la de marzo no se pudo celebrar, además del tema del alquiler del local. Pero la situación es la que es y la Mutua se ha visto obligada a celebrar la Asamblea por la importancia de los temas a aprobar y por la necesidad de actualizar la Junta de Gobierno.

Sin más comentarios, el Sr. Presidente da por terminada la Asamblea General Extraordinaria a las 11.27 horas dando las gracias a todos los mutualistas por su asistencia, recibiendo por ello un aplauso.

Fdo.: El Secretario Fdo.: El Presidente

Alejandro Val Funcia Alejandro Cerdeño Crespo

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